A continuación, reproduzco un extracto de la Consulta vinculante número 0238-10, de fecha 11 de febrero de 2010. En esta consulta, la Dirección General de Tributos señala que una Empresa de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE) dedicada a la tenencia de sociedades que se dedican a la promoción de inmuebles se puede aplicar los beneficios previstos para este tipo de empresas (por ejemplos exenciones en la obtención de dividendos y los beneficios procedentes de la transmisión de las participaciones en capital), considerando que “la promoción inmobiliaria constituye, en todo caso, una actividad económica, al existir una ordenación por cuenta propia de medios productivos, sin necesidad de exigir los requisitos específicos previstos en el artículo 27, apartado 2 de la Ley 35/2006″, por tanto, sin necesidad de disponer de un empleado con contrato de trabajo a jordana completa y un local dedicados exclusivamente a dicha actividad. . . . → Read More: Consulta de la DGT relativa a las ETVE que realizan actividades de promoción de inmuebles






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