Trámites para la Constitución de una Sociedad Limitada
A continuación, en líneas generales, detallo los pasos a seguir para la constitución de una Sociedad Limitada en España.
1. El primer paso es la obtención del certificado de la denominación social de la nueva sociedad no se encuentra inscrita. Este certificado se obtiene en el Registro Mercantil Central. Este certificado reserva la denominación hasta la constitución de la sociedad. No obstante, pasado unos meses caduca, teniendo que solicitar su renovación para no perderlo.
2. Una vez obtenido el certificado del Registro Mercantil Central, hay que aperturar una cuenta corriente provisional en una entidad de crédito (hay que aportar el certificado del punto 1), ingresar el importe del capital social y obtener la certificación de la entidad de crédito en que se detalle los importes desembolsados por cada uno de los socios.
3. Redacción de los estatutos la sociedad: capital social, valor nominal de las participaciones, establecer el órgano de administración (administrador único, solidario, mancomunado, consejo de administración), domicilio social, etc.
4. Una vez que tengamos todo lo anterior, podemos otorgar la escritura de constitución de la sociedad. Para ello, deberemos aportar al notario las certificaciones del punto primero y segundo, y los estatutos de la sociedad.
5. En el momento en que la notaria nos facilite una copia autorizada de la escritura, junto con varias copias simples, podemos obtener en la delegación de Hacienda que corresponda al domicilio social de la entidad el Código de Identificación Fiscal (CIF) provisional. Para ello, nos pedirán una copia de la escritura y la declaración censal de alta (modelo 036) debidamente relleno. Igualmente, se puede comunicar el inicio de actividad en dicho modelo 036, aunque no es imprescindible.
6. Ahora que hemos obtenido el CIF y las etiquetas identificativas, podremos liquidar la modalidad de Operaciones Societarias (OS) del Impuesto Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD) a través del modelo 600.
7. Inmediatamente presentado el modelo 600, se presenta la escritura original en el Registro Mercantil de la provincia para su inscripción, junto con la carta de pago del modelos que justifica que se ha pagado el ITPyAJD.
8. Pasados unas semanas, podremos retirar la escritura de constitución original junto con el certificado de inscripción.
9. Presentación de copia del certificado de inscripción en el Registro Mercantil junto con el modelo censal de alta en que se solicita el CIF Definito en la delegación de Hacienda. Hay que tener en cuenta que el CIF provisional caduca a los 6 meses, y que resulta obligado obtener el CIF definitivo en el menor plazo de tiempo.
10. Legalización del libro de actas y libro-registro de socios en el Registro Mercantil provincial.
11. Obtención de la Licencia de actividad expedida por el Ayuntamiento donde radica el local en que se va a desarrollar la actividad (es necesario que previamente se haya comunicado el inicio de actividad a la Delegación de Hacienda por medio de la declaración censal de alta).
Otros trámites: Si se pretende la contratación de personal laboral: Solicitud de código de cuenta de cotización en la Seguridad Social; inscripción de los contratos laborales, legalización del Libro de Visitas en la Inspección Provincial de Trabajo.
Si tiene alguna pregunta, puede enviarme un mensaje
Related posts:
Follow Us!