El Gobierno aprueba el Real Decreto-Ley de medidas para el impulso de la recuperación económica
Hoy, 13 de abril de 2010 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.
Entre otras medidas que se incluyen, destaco las siguientes:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Deducción temporal por obras de mejora en la vivienda habitual
Su entrada en vigor será desde el 14 de abril (día siguiente a la publicación en el BOE). Su vigencia será temporal, hasta el 31 de diciembre de 2012.
El tipo de deducción será del 10%.
Solamente se podrán beneficiar los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 53.007,20 euros anuales,
Las cantidades que se podrán beneficiar de esta deducción son las satisfechas por las obras realizadas en la vivienda habitual o en el edificio en la que ésta se encuentre, siempre que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Reducción al tipo impositivo del 8% por obras de rehabilitación
Estas ejecuciones de obra tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
- Que el destinatario sea persona física, no actúe como empresario o profesional y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular. También se comprenderán cuando su destinatario sea una comunidad de propietarios.
- Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras haya concluido al menos 2 años antes del inicio de estas últimas.
- Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 33% de la base imponible de la operación.
De esta forma, se disminuye temporalmente la tributación en el IVA desde el 16% hasta el 8% las obras de rehabilitacion de vivienda, siempre que cumplan con los requisitos legales comentados.
Impuesto sobre el Valor Añadido. Recuperación de IVA en créditos incobrables.
En este Real Decreto-Ley, también se prevé la simplificación de los requisitos para recuperar el IVA en el caso de créditos incobrables.
Así, en caso de pequeñas empresas cuya facturación es menor de 6 millones de euros, el plazo de un año general que se prevé para la recuperación del IVA se reduce a 6 meses.
Igualmente, en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), se prevé la misma reducción de plazo para pequeñas empresas.
Impuesto sobre Sociedades. Simplicacion documentación de operaciones vinculadas.
Asimismo, se pretende una simplificación de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas a cumplir por las entidades de reducida dimensión.
De esta manera, dicha documentación no será exigible a las personas o PYMES que el total de las operaciones realizadas con personas vinculadas no supere el importe conjunto de 100.000 euros de valor de mercado.
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