Con fecha 25 de junio de 2009, se dicta Sentencia de la Audiencia Nacional en que se considera que el criterio para determinar la existencia de renta en especie es el de la utilización efectiva, y no el que venía adoptando la Inspección de Tributos consistente en la mera facultad de utilización. De esta forma, la Audiencia Nacional cuestiona el criterio de disponibilidad de viene utilizando la Inspección, debiéndose tener en cuenta las características del puesto de trabajo del empleado.
A continuación, os copio un extracto de la Sentencia.
La Sala considera excesiva la imputación efectuada por la Inspección del uso privado de los vehículos, que ha sido calculado teóricamente a través de una operación resultante de aplicar el criterio de disponibilidad. Este exceso de imputación se considera todavía más patente en el caso de los comerciales.
En efecto, se aprecia respecto del criterio de disponibilidad que no se corresponde adecuadamente con el tenor literal del artículo 43 de la Ley del Impuesto que alude a la “utilización” y no a la “facultad de utilización”, y fundamentalmente que dicho criterio no resulta íntegramente trasladable en algunos supuestos, como el de los visitadores médicos, en que los vehículos cedidos por la empresa constituyen su instrumento de trabajo…”.
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