El pasado 22 de julio de 2009, se publicó en el Boletín Oficial del Estado una Resolución en que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito para diligencias de cuantía igual o inferior a 20.000 euros.
Como consecuencia de ello, a partir del 1 de agosto de 2009 (fecha de entrada en vigor de la Resolución), los servicios de recaudación de la Agencia Tributaria pueden embargar hasta 20.000 euros de forma automática sin necesidad de una orden judicial. Esto supone un considerable aumento del límite que estaba establecido en la anterior normativa reguladora.
Noticia publicada en Expansion.com
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