Subvenciones: El Servicio Canario de Empleo pone en marcha el Cheque-Guarderia
Con esta medida, se trata de ayudar a los trabajadores que se ven obligados a dejar a sus hijos en centros de educación infantil.
La cuantía máxima mensual del cheque es de 150 euros por cada hijo menor de 3 años, durante un plazo de 12 meses.
Personas que se pueden beneficiar:
Se pueden beneficiar de esta subvención las personas que acrediten los siguientes requisitos:
1º) Tener su residencia en Canarias, lo que se acreditará través del D.N.I. o tarjeta de residente, siempre que estén vigentes y figure el domicilio en Canarias, o a través de certificado de empadronamiento en vigor de su ayuntamiento.
2º) Haber sido contratadas con carácter indefinido o temporal (con una duración mínima de 3 meses), a jornada completa o a tiempo parcial, por un importe bruto mensual inferior a 1.500,00 euros, incluida la parte correspondiente de las pagas extras anuales establecidas según el Convenio que corresponda. En el caso de contratación a tiempo parcial, la duración de la jornada laboral no podrá ser inferior al 50% del total de la jornada ordinaria establecida.
Al respecto del requisito de la contratación laboral previa, los contratos laborales deberán haberse suscrito dentro del período temporal que se determine en la respectiva convocatoria.
3º) Estar inscrita como desempleada demandante de empleo en cualquiera de las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo, con una inscripción ininterrumpida, en el momento de ser contratada de, al menos, 1 mes.
La acreditación de este extremo se realizará de oficio por el Servicio Canario de Empleo. Sin reunir el requisito del período mínimo de inscripción de 1 mes establecido en el párrafo anterior, podrán acceder a la subvención “Cheque-guardería” aquellas personas que presenten al menos alguna de las situaciones especiales siguientes, siempre que conste su previa inscripción como desempleada en cualquiera de las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo:
a) Trabajadores con discapacidad reconocida, igual o superior al 33%.
b) Perceptores de la Prestación Canaria de Inserción.
c) Menores de 30 años, o mayores de 45, en la fecha de formalización del contrato.
d) Mujeres víctimas de violencia de género.
En su caso, el solicitante deberá acreditar suficientemente su pertenencia a los colectivos a) o b), a través de la aportación de certificación o documentación acreditativa emitida por las Entidades, Organismos o Administraciones competentes. La pertenencia a alguno de los colectivos enumerados en el punto c), se acreditará a la vista del D.N.I. o N.I.E. del solicitante.
En el supuesto d), será necesaria la aportación de la correspondiente certificación emitida por organismo o autoridad competente, a través de la aportación de copia de Resolución judicial declarativa de tal situación, o de alguna de las medidas judiciales establecidas para paliar sus efectos, o la valoración realizada por los servicios y recursos sociales competentes.
Resolución Servicio Canario de Empleo
Otro lado, el Gobierno de Canarias ha aprobado ayudas para el 2009, destinadas a familias en las que se produzcan partos múltiples. Pulsa aquí para más información.
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